El Patrimonio Cultural de la Iglesia y su normativa plural

En virtud del Derecho Canónico, la Iglesia y sus instituciones, lo mismo que sus fieles están obligados por el ordenamiento del Estado a observar las leyes civiles a las que el derecho de la Iglesia remite. Estas deben observarse en Derecho Canónico con los mismos efectos en cuanto no sean contraria...

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Auteur principal: Salvador, Carlos Corral (Auteur)
Type de support: Électronique Article
Langue:Espagnol
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Fernleihe:Fernleihe für die Fachinformationsdienste
Publié: [publisher not identified] 2001
Dans: Estudios eclesiásticos
Année: 2001, Volume: 76, Numéro: 296, Pages: 87-113
Sujets non-standardisés:B regulación de los bienes eclesiásticos
B Iglesia en España
B derecho concordatario
B relación Iglesia-Estado
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Résumé:En virtud del Derecho Canónico, la Iglesia y sus instituciones, lo mismo que sus fieles están obligados por el ordenamiento del Estado a observar las leyes civiles a las que el derecho de la Iglesia remite. Estas deben observarse en Derecho Canónico con los mismos efectos en cuanto no sean contrarias al Derecho Divino. Ahora bien, ¿cuáles son las leyes que han de observarse en cuanto al Patrimonio Cultural de la Iglesia? Vamos a exponer el concepto de Patrimonio cultural de la Iglesia en la legislación estatal, en la internacional, en la bilateral Iglesia-Estado y en la autonómica. Presentaremos como complemento, una visión de conjunto del Derecho Concordatario comparada.
ISSN:2605-5147
Contient:Enthalten in: Estudios eclesiásticos