Nombramiento de obispos diocesanos

El "modo" en el que debe hacerse la elección de los obispos en las Iglesias particulares, debe ser profundizado desde la doctrina conciliar. El concepto de comunión que emerge del concilio, no hace referencia exclusiva a la relación jerárquica existente entre el Papa y los obispos, sino qu...

Descripción completa

Guardado en:  
Detalles Bibliográficos
Autor principal: Garín Urionabarrenechea, Pedro María (Autor)
Tipo de documento: Electrónico Artículo
Lenguaje:Español
Verificar disponibilidad: HBZ Gateway
Journals Online & Print:
Gargar...
Fernleihe:Fernleihe für die Fachinformationsdienste
Publicado: [publisher not identified] 2002
En: Estudios eclesiásticos
Año: 2002, Volumen: 77, Número: 303, Páginas: 533-552
Otras palabras clave:B Iglesia Latina
B eclesiología de comunión
B normativa canónica
B corresponsabilidad
Acceso en línea: Volltext (lizenzpflichtig)
Parallel Edition:No electrónico
Descripción
Sumario:El "modo" en el que debe hacerse la elección de los obispos en las Iglesias particulares, debe ser profundizado desde la doctrina conciliar. El concepto de comunión que emerge del concilio, no hace referencia exclusiva a la relación jerárquica existente entre el Papa y los obispos, sino que abarca a la comunidad del Pueblo de Dios, bajo una "Cabeza", animada por la caridad, tanto a nivel personal como estructural. De aquí surge la corresponsabilidad de los fieles cristianos donde todos somos miembros "vivos" con derechos y deberes. Entre ellos está el deber de trabajar para dar a conocer el mensaje divino y a su vez el derecho de manifestar a los Pastores sagrados su opinión sobre aquello que pertenece al bien de la Iglesia. Nos adentraremos a la normativa latina vigente para ver si en el nombramiento de obispos se constata esta comunión recíproca del sacerdocio común y el ministerial.
ISSN:2605-5147
Obras secundarias:Enthalten in: Estudios eclesiásticos